22 de diciembre, 2025
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La Junta de Gobierno de la Confederación Hidrográfica del Guadiana (CHG), reunida en Badajoz, ha aprobado los regímenes de extracciones para 2026 de las nueve masas de agua subterránea declaradas en riesgo en toda la cuenca: Tierra de Barros, Consuegra-Villacañas, Lillo-Quintanar, Mancha Occidental I, Sierra de Altomira, Campo de Calatrava, Mancha Occidental II, Rus- Valdelobos y Campo de Montiel.

Para la masa de agua Tierra de Barros se mantienen las dotaciones de 1.500 m3/ha para cultivos leñosos y 3.500 m3/ha para cultivos herbáceos; así mismo, se recomienda reducir las dotaciones de abastecimiento, domésticos y los usos industriales y ganaderos en un 10%.

Para las masas de agua Consuegra-Villacañas y Lillo-Quintanar, se mantienen las dotaciones de 2.100 m3/ha para cultivos herbáceos y de 1.400 m3/ha para cultivos leñosos y se recomienda a las entidades locales reducir las dotaciones de abastecimiento, domésticos y los usos industriales y ganaderos en un 10%. Si según el indicador del Plan Especial de Sequía se revirtiera la situación de alerta a prealerta, se levantarían los ajustes propuestos y se aplicarían las dotaciones del régimen de extracciones de la campaña de 2019, es decir, en el caso de regadío las dotaciones máximas serían de 2.200 m3/ha para cultivos herbáceos y 1.500 m3/ha para cultivos leñosos, salvo que el título habilitante establezca una dotación menor.

Para las masas de agua Mancha Occidental I, Mancha Occidental II y Rus-Valdelobos, se mantienen las dotaciones de 1.700 m3/ha para cultivos herbáceos y de 1.275 m3/ha para cultivos leñosos, y se recomienda reducir las dotaciones de abastecimiento, domésticos y los usos industriales y ganaderos en un 15%. Si según el indicador del Plan Especial de Sequía se revirtiera la situación de emergencia/alerta a prealerta, se levantarían los ajustes propuestos y se aplicarían las dotaciones del régimen de extracciones de la campaña de 2019, es decir, en el caso de regadío las dotaciones máximas serían de 2.000 m3/ha para cultivos herbáceos y 1.500 m3/ha para cultivos leñosos, salvo que el título habilitante establezca una dotación menor.

Para la masa de agua Sierra de Altomira, se mantienen las dotaciones de 2.400 m3/ha para cultivos herbáceos y de 1.500 m3/ha para cultivos leñosos y se recomienda reducir las dotaciones de abastecimiento, domésticos y los usos industriales y ganaderos en un 10%.

Para la masa de agua Campo de Calatrava, se mantienen las dotaciones de 1.350 m3/ha para cultivos leñosos y 1.800 m3/ha para cultivos herbáceos. Así mismo se recomienda a las entidades locales reducir las dotaciones de abastecimiento, domésticos y los usos industriales y ganaderos en un 10%.

Para la masa de agua Campo de Montiel, ante la situación de descenso piezométrico y para lograr el objetivo de no afección a las relaciones río-acuífero y a las descargas de manantiales, en caso de regadío, ha propuesto que el volumen máximo a utilizar por aprovechamiento será el resultante de multiplicar la superficie reconocida por la dotación máxima que se indica a continuación, salvo que el título habilitante establezca una dotación menor, en cuyo caso será ésta última la que se utilizará para determinarlo:

Superficie (ha) - Dotación (m3/ha)
0-3 - 3.300
3-15 - 1.500
15-25 - 1.000
> 25 - 440
leñosos - 1.400

El volumen global de extracción autorizado para toda la masa se ha fijado en 4.46 hm3 en cómputo anual, con volumen máximo de extracción entre junio y septiembre de 2.19 hm3, que representa un 50 % sobre el total anual. Por tanto, cada uno de los aprovechamientos deberá hacer uso del volumen de tal manera que la extracción que se produzca en los meses de junio, julio, agosto y septiembre sea como máximo un 50 % del volumen que le corresponda según lo indicado en este mismo apartado.

 

Votaciones

La Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Badajoz se han abstenido en todas las votaciones. Por su parte, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (JCCM) ha votado a favor de sus propias propuestas, mientras que las CUAS con representación en este órgano colegiado han apoyado en algunos casos las suyas y, en otros, las de la JCCM. La Junta de Gobierno de la CHG es, junto con el presidente del Organismo, el órgano de Gobierno de la CHG y en ella están representados la administración central, autonómica, local y los distintos usos de la cuenca hidrográfica. Tras la Junta de Gobierno, el Consejo del Agua de la Demarcación se ha reunido para informar, entre otros asuntos, sobre el proceso de revisión del Plan Hidrológico y el inicio del periodo de consulta pública del Esquema Provisional de Temas Importantes (EpTi). El Consejo del Agua de la Demarcación (CAD) es el máximo órgano de participación y planificación y entre sus funciones está promover la información, consulta y participación pública en el proceso planificador.

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