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Las conocidas sustancias prioritarias y prioritarias peligrosas (microcontaminantes químicos) ya fueron limitadas en las aguas de la UE dentro de la Directiva sobre Normas de Calidad Ambiental de 2015, que ya establecía las listas de observación para evaluar los potenciales efectos negativos de otros candidatos en su momento a estar claramente identificados como nuevas sustancias prioritarias. Desde aquel 2015 hasta 2025 se ha pubicado cinco listas de observación, sometiéndose a estudio y seguimiento 67 compuestos, tal y como analiza este artículo.
De los compuestos químicos de las listas de obervación, un tercio han sido antimicóticos y fungicidas, entre el 15% y el 20% son antibióticos e insecticidas, y el resto corresponden a fotoprotectores, herbicidas, hormonas, fármacos en general, antidepresivos, compuestos orgánicos de síntesis y plaguicidas de amplio espectro. Cada lista anula los compuestos de la anterior, y en la última disponible de 2025 se han recogido 29 sustancias, distribuidas entre un 34,5% de fungicidas, un 13,8% de fotoprotectores y antibióticos, y un 10,3% de insecticidas, siendo el resto fármacos, compuestos orgánicos de síntesis, plaguicidas de amplio espectro y antidepresivos. Con respecto a la lista de observación para aguas subterráneas, se han incluido 22 sustancias: un 50% de disolventes orgánicos, un 25% de fármacos, un 20% de antibióticos y un 10% de PFAS.